El apoyo busca mejorar las condiciones de vida de familias colombianas que dependen de un básico.

El Ministerio de Trabajo, a través de la iniciativa Sistema de Subsidio Familiar, informó sobre un subsidio, una ayuda mensual dirigida a trabajadores dependientes con ingresos iguales o inferiores a un salario mínimo y con personas a cargo.

La medida busca fortalecer la economía de los hogares con menos recursos y garantizar su acceso a una mejor calidad de vida, por medio del apoyo que administran las Cajas de Compensación Familiar en todo el país.

¿Qué es el subsidio monetario o cuota monetaria?

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, en su página web, pueden acceder a este subsidio todos los trabajadores dependientes que cumplan las siguientes condiciones:
  • Tener un salario no superior a los 5.694.000 pesos mensuales legales vigentes.
  • Laborar mínimo 96 horas al mes.
  • Tener personas a cargo que den derecho a recibir subsidio monetario.
    • Hijos no mayores a los 18 años de edad, legítimos, adoptivos, hijastros y naturales.
    • Hermanos que no sobrepasen los 18 años de edad, huérfanos de padres, que convivan y dependan económicamente del trabajador.
    • Padres del trabajador mayores de 60 años que no reciban pensión, salario o renta alguna.
    • Padres o hermanos descritos anteriormente inválidos o con capacidad física reducida.
    • Trámite y documentación para acceder al subsidio

      El proceso para recibir la cuota monetaria se realiza directamente en la Caja de Compensación Familiar a la cual esté afiliado el trabajador.
      Se debe diligenciar un formulario y adjuntar documentos que acrediten la autenticidad de las personas a cargo, entre ellos:
      • Registro civil de nacimiento o partida de matrimonio.
      • Certificados de escolaridad o invalidez.
      • Certificado laboral del cónyuge.

      Modalidades del subsidio monetario

      Existen cuatro modalidades de beneficio dentro del sistema que administra la Superintendencia de Subsidio Familiar:
      • Subsidio ordinario: pago mensual por cada persona a cargo del trabajador afiliado.
      • Subsidio especial: doble cuota para hijos o hermanos inválidos o con discapacidad superior al 60 %, siempre que estudien o reciban formación profesional.
      • Subsidio extraordinario: doce cuotas adicionales cuando fallece una persona a cargo del trabajador beneficiario.
      • Subsidio simultáneo: ambos padres pueden recibir el subsidio por los mismos hijos, siempre que sus ingresos combinados no superen los 5.694.000 pesos.
      Esta ampliación del beneficio busca brindar mayor flexibilidad y respaldo a las familias que dependen de un básico.
      Por su parte, la Superintendencia del Subsidio Familiar es la entidad encargada de supervisar, inspeccionar y vigilar el cumplimiento de este sistema.
      Cualquier, petición, queja y reclamo sobre el manejo del subsidio deben realizarse a través de los canales dispuestos por la entidad en su portal web: www.ssf.gov.co.

      Fuente: EL TIEMPO 25 de octubre 2025

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